Respuesta :

1. ¿ Se justifica la nueva figura penal de Femicidio frente al ya existente Parricidio? Nombre : Romina Escobar Díaz. Profesor: Pablo Coronado. Carrera : Derecho 2. El Femicidio. Antecedentes del Tema.• La ONU en el 2001 tipifico este delito como “El asesinato de mujeres como resultado extremo de la violencia de género que ocurre tanto en el ámbito privado como en el espacio público” (Organización de las Naciones Unidas. 1993. Declaración sobre la Eliminación de la violencia contra la Mujer), debieron pasar muchos años para que nuestro país reconociera y tipificara como delito el Femicidio, aun cuando organizaciones internacionales como la ONU ya lo habían hecho con anterioridad, antiguamente el Femicidio era calificado y generalizado dentro de la figura del parricidio, no teniendo una figura especial y propia que en cierto sentido agravara la pena por tratarse de la muerte de una mujer en manos de un hombre que podía ser el cónyuge, ex cónyuge conviviente o ex conviviente.• Desde tiempos remotos el significado de la palabra “mujer” denotaba una sumisión en variados aspectos de la vida, ya sea frente al marido, a su jefe o frente a la sociedad toda, su rol fundamental consistía en la abnegada labor de crianza de los hijos, aseo del hogar, y deseos del marido, quedando la vida y deseos propios en un segundo plano. 3. • La evolución de este tema nos demuestra que el concepto de mujer ha cambiado lentamente, experimentando cambios que si bien han sido pequeños, se han vuelto trascendentales, más bien si analizamos frases como la expresada por Santo Tomas de Aquino en el pasado “Respecto a la naturaleza individual la Mujer es incompleta y mal dispuesta, la fuerza contenida en la semilla Masculina tiende a la producción de una semejanza perfecta en el Sexo Masculino, mientras la producción de la Mujer proviene de un defecto en la fuerza activa o de alguna indisposición material o incluso de una cierta influencia externa” en esta cita se deja en claro que los conceptos antiguos no son los mismos que ahora podemos escuchar más bien si tomamos en consideración que ya tuvimos una mujer presidenta hecho que en el pasado y con la concepción antigua hubiera sido impensable.• El Presidente de la República, Sebastián Piñera, promulgó la Ley de Femicidio (Ley 20.480, sobre femicidio, diario oficial, Santiago, Chile, 14 de diciembre 2010), junto a la ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer, Carolina Schmidt. Esta nueva normativa modifica el Código Penal y la ley de Violencia Intrafamiliar, sancionando el femicidio, aumentando las penas aplicables a este delito y modificando las normas sobre parricidio. 4. • El Presidente de la República, Sebastián Piñera, promulgó la Ley de Femicidio (Ley 20.480, sobre femicidio, diario oficial, Santiago, Chile, 14 de diciembre 2010), junto a la ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer, Carolina Schmidt. Esta nueva normativa modifica el Código Penal y la ley de Violencia Intrafamiliar, sancionando el femicidio, aumentando las penas aplicables a este delito y modificando las normas sobre parricidio. 5. Conceptualización de Femicidio y Homicidio.• El femicidio es el homicidio cometido contra la mujer, que es o ha sido cónyuge o conviviente del autor del crimen.• Otro concepto podría sintetizarse como la muerte violenta de una mujer por el abuso del poder de género y que se produce en el seno de una relación de pareja, actual o pasada.• Ahora bien, vale la pena conceptualizar lo que es el homicidio simple: delito que atenta contra la vida de las personas que consiste en que un individuo da muerte a otro sin la concurrencia de circunstancias de alevosía, premio o recompensa remuneratoria, por medio de veneno, con ensañamiento, aumentando deliberadamente el dolor del ofendido y con premeditación conocida. Este delito se sanciona con la pena de presidio mayor en sus grados mínimo a medio (5 años y un día a 15 años). 6. • Frente a la comparación de estos dos conceptos es preciso referirse al contexto histórico de Chile en el momento de la creación de la figura de femicidio y es que la denuncia de este delito es reciente. Los principales esfuerzos por dar visibilidad a este fenómeno han sido realizados por la Red Chilena contra la violencia doméstica y sexual y las diversas organizaciones sociales y ONG que la integran. Desde esta articulación se ha documentado el femicidio a través de seguimientos parciales de la información aparecida en la prensa sobre mujeres asesinadas por razones de género.• En las problemáticas actuales propias del período técnico científico informacional las complejidades son cada vez más profundas. El abordaje de un problema forma parte de una totalidad y esta se hace concreta en el lugar. El espacio geográfico no puede ser tomado como algo estático, ya que estas problemáticas se generan en un contexto de permanen­tes transformaciones y lo que hoy vemos y analizamos son las consecuencias de un proceso histórico que se plasma en el espacio. “El mundo y los territorios actuales están hechos de fragmentos, de trozos, cuya totalidad no se expresa en la suma de las partes que los componen, sino en una dinámica articuladora y a la vez disgregadora de esos conjuntos de zonas y lugares.” (GUREVICH, 2005, p. 19).• Los flujos de personas, bienes, información, etc., hacen que los diversos territorios mundiales, nacionales, re­gionales y locales se sobrepongan unos con otros, marcando una realidad territorial que sobre pasa la explicación de las di­ferencias mundiales para reflejar estas diferencias en territorios más reducidos, conformando un sistema en el que se articulan diversos territorios que en muchas oportunidades se encuen­tran a gran distancia.