Respuesta :

El artículo analiza el contenido y límites del derecho a la libertad de conciencia, de creencias y de culto asegurado por el artículo 19 N° 6 de la Constitución, asumiendo la libertad de creencias en sus especies de libertad ideológica y de libertad religiosa, como asimismo, considerando el alcance de la objeción de conciencia y las eventuales tensiones del derecho con otros derechos.Palabras clavesLibertad de conciencia. Libertad ideológica. Libertad religiosa. Libertad de culto. Objeción de conciencia.

Respuesta:

Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia.

Explicación: