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Escrito por Administrator    Lunes, 06 de Febrero de 2012 11:28

El Servicio Autónomo de Fauna PROFAUNA es un organismo que en coordinación con FECADEVE, desarrolla un proyecto de educación ambiental dirigido a cazadores deportivos, con el fin de incorporarlos a la conservación, defensa y mejoramiento de la fauna y su hábitat, para así poder disfrutar en forma permanente y racional de la actividad cinegética deportiva y transmitirla a las generaciones futuras.

En un informe ofrecido por dicha institución sobre la cacería deportiva destacan que la fauna silvestre constituye un recurso natural renovable de gran importancia para el país, por sus múltiples valores ecológicos, económicos, recreativos, culturales, éticos, estéticos y científicos, lo que según justifica su perpetuación y fomento mediante prácticas de manejo, como la cacería deportiva.

Indica el informe que en Venezuela, la protección y aprovechamiento racional del mencionado recurso, se rige por la Ley de protección a la Fauna Silvestre y demás decretos y resoluciones. “La caza deportiva está definida en el artículo 52 de la Ley de Protección a la Fauna Silvestre como el arte lícito, noble y recreativo de cazar animales de la Fauna Silvestre sin fines de lucro”.

¿Quienes tienen derecho a cazar?

Toda persona mayor de edad, venezolana o extranjera, que posea su correspondiente licencia, la cual tiene que ser solicitada en la oficina regional correspondiente del MARNR. Las licencias de caza deportiva pueden ser General o Especial. La primera, permite la cacería de aquellas especies incluidas en el calendario cinegético y sus límites de piezas son por días y en posesión. La segunda, permite cazar sólo una determinada especie y sus límites de piezas son por temporada y en posesión. Señala el informe ofrecido por PROFAUNA que los dos tipos de licencias pueden ser de cuatro clases: A, B, C y T. La clase A, son para cazadores miembros de clubes debidamente inscritos en la Federación de Cazadores de Cazadores deportivos de Venezuela y registrados en PROFAUNA. Permite la caza en todo el territorio nacional. La clase B, es para cazadores no asociados a clubes o que no estén afiliados a FECADEVE. Ello autoriza la caza en los estados para los cuales se solicita la licencia. La clase C, se otorga solamente a campesinos y autoriza la caza únicamente en la entidad federal donde vive el interesado y se expide la licencia. La clase T, es para turistas extranjeros con duración máxima de un mes. Su validez es para una sola entidad federal a menos que la licencia indique más de una.

¿Cuando se puede cazar?

El Servicio Autónomo recalca en el informe que solamente se puede cazar durante el lapso que dura la temporada declarada por el MARNR, publicada en el calendario cinegético vigente. “La temporada general comprende desde el 1 de noviembre al 30 de junio, con una veda general desde el 1 de julio al 31 de octubre, excepto para la palomita sabanera que se caza entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre, exclusivamente en los estados Zulia y Falcón.

¿DONDE SE PUEDE CAZAR Y DONDE NO?

Según lo indica PROFAUNA, en Venezuela se puede cazar por deporte durante cada temporada, en cualquier parte del territorio nacional, que no se encuentre expresamente prohibido por la Ley. Destaca que la Ley de Protección a la Fauna Silvestre prohibe cazar en: Parques Nacionales, Refugios de Faunas Silvestres, Reservas de Faunas Silvestre mientras no hayan sido habitadas para la cacería, Reservas Forestales, mientras no sean habilitadas por el MARNR, lugares próximos a las viviendas o vías públicas y terrenos de propiedad privada, sin previa autorización del dueño o administrador.

simple  es conservar  es proteger el  medio ambiente  pero como dicen FAUNa hace referencia a no cazar y cuidar los animales salvages  y respetar sus ecosistemas